Revision. Convenio Colectivo de Sector de OFICINAS DE FARMACIA (20000605011981) de Gipuzkoa

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 1999

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  • Código: 2000605
  • Código Nuevo: 20000605011981
  • Tipo: Sector
  • Ámbito: Gipuzkoa
  • Boletín Oficial de Gipuzkoa nº 58 del 27/03/2002

    ...Oficina De Farmacia Guipúzcoa... ...Oficina farmacia Gipuzkoa... ...Oficina farmacia Guipuzcoa... ...Oficina farmacia Guipúzcoa... ...Oficinas De Farmacia Gipuzkoa... ...Oficinas De Farmacia Guipuzcoa... ...Oficinas De Farmacia Guipúzcoa... ...Oficinas de farmacia... ...Oficinas de farmacia GIPUZKOA... ...GOBIERNO VASCO DEPARTAMENTO DE JUSTICIA, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Delegación Territorial de Gipuzkoa Revisiones Salariales N.º Orden 217/00-F.1.228... ...Comisión negociadora...

  • Código: 2000605
  • Código Nuevo: 20000605011981
  • Tipo: Sector
  • Ámbito: Gipuzkoa
  • Boletín Oficial de Gipuzkoa nº 50 del 12/03/2001

    Convenio colectivo de farmacia. GIPUZKOA Revision salarial del convenio colectivo de "Oficinas de Farmacia" OFICINAS DE FARMACIA Convenio Colectivo de Sector de OFICINAS DE FARMACIA (20000605011981) de Gipuzkoa

  • Código: 2000605
  • Código Nuevo: 20000605011981
  • Tipo: Sector
  • Ámbito: Gipuzkoa
  • Boletín Oficial de Gipuzkoa nº 45 del 09/03/1999

    Convenio colectivo de farmacia. GIPUZKOA Revision salarial del convenio colectivo de Oficinas de Farmacia OFICINAS DE FARMACIA Convenio Colectivo de Sector de OFICINAS DE FARMACIA (20000605011981) de Gipuzkoa

  • Código: 2000605
  • Código Nuevo: 20000605011981
  • Tipo: Sector
  • Ámbito: Gipuzkoa
  • Boletín Oficial de Gipuzkoa nº 84 del 07/05/1997

    Convenio colectivo de farmacia. GIPUZKOA Revision salarial del convenio colectivo de Oficinas de Farmacia OFICINAS DE FARMACIA Convenio Colectivo de Sector de OFICINAS DE FARMACIA (20000605011981) de Gipuzkoa

  • Código: 2000605
  • Código Nuevo: 20000605011981
  • Tipo: Sector
  • Ámbito: Gipuzkoa
  • Boletín Oficial de Gipuzkoa nº 52 del 13/03/1996

    Convenio colectivo de farmacia. GIPUZKOA Convenio Colectivo de "Oficinas de Farmacia". OFICINAS DE FARMACIA Convenio Colectivo de Sector de OFICINAS DE FARMACIA (20000605011981) de Gipuzkoa
Tipo Título F. Publicación Boletin F. Vigor Vigencia PDF
C. Colectivo Convenio colectivo de oficinas de farmacia Convenio afectado por 09/08/2000 Boletín Oficial de Gipuzkoa 01/01/2000 Vigente
C. Colectivo Convenio colectivo de Oficinas de Farmacia. Convenio afectado por 27/01/1999 Boletín Oficial de Gipuzkoa 01/01/1998 No Vigente

Revision salarial del convenio colectivo de Oficinas de Farmacia (Boletín Oficial de Gipuzkoa núm. 45 de 09/03/1999)

Preambulo

GOBIERNO VASCO

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA, ECONOMIA, TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Delegación Territorial de Trabajo de Gipuzkoa

Revisiones Salariales N.º Orden 217/98-F.1152

Vista la documentación presentada el día 22 de febrero de 1999, por la comisión negociadora del Convenio Colectivo de «Oficinas de Farmacia» (Código de Convenio número 2000605), de ámbito provincial, registrado con fecha 30 de diciembre de 1998, a la que se adjunta el correspondiente acuerdo firmado por la misma en la reunión celebrada el día 8 de febrero del año en curso, sobre aplicación de la revisión salarial prevista en el art. 11.º del texto del Convenio Colectivo y que surtirá efectos desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 1999, solicitando su registro, depósito y publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, (Boletín Oficial del Estado de 29-03-1995), en relación con el Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, Decreto del Gobierno Vasco 39/1981, de 2 de marzo, sobre creación y organización del Registro de Convenios Colectivos y Orden de 3 de noviembre de 1982, que lo desarrolla, en relación con el Real Decreto 2.209/1979, de 7 de setiembre y Decreto del Gobierno Vasco 141/1995, de 7 de febrero (publicado en el Boletín Oficial del País Vasco de 20 de febrero) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social.

Esta Delegación Territorial,

ACUERDA


Primero.

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Delegación Territorial, con notificación a la Comisión Negociadora.


Segundo.

Depositar una copia del mismo en la Sección de Relaciones Colectivas de esta Delegación.


Tercero.

Disponer su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.

Donostia-San Sebastián, a 24 de febrero de 1998.El Delegado de Trabajo, Bernardo Martínez Reyes.

(868) (2057)


ACTA

En Donostia-San Sebastián, siendo las 14 horas del día 8 de febrero de 1999, se reúnen en la sede de AGEOFAR, sita en la calle Prim, n.º 2-1.º los comisionados de la Asociación de Auxiliares y Empleados de Farmacia, Asociación Guipuzcoana de Farmacéuticos sin Oficina de Farmacia, los sindicatos ELA-STV y UGT todos ellos en representación de los trabajadores del sector de oficinas de farmacia de la provincia de Gipuzkoa; y los comisionados de la Asociación Guipuzcoana de Empresarios de Oficina de Farmacia, en representación de los empresarios de dicho sector, con la asistencia de las personas que a continuación se relacionan.

En representación de los trabajadores:

Asociación de Auxiliares y Empleados de Farmacia:

D. Jesús Arruti Mata.

D. Manuel Puente Baruque.

Asociación Guipuzcoana de Farmacéuticos sin Oficina de Farmacia:

D. Leopoldo Diez Lasheras.

ELA-STV:

D. José Luis Ugarte Solaberrieta.

UGT:

D. Nicolás García Simón.

En representación de los empresarios:

Asociación Guipuzcoana de Empresarios de Oficina de Farmacia:

Dña. María Josefa Garmendia Larrañaga.

Dña. Raquel García García.

Dña. Petra Aguirre Aramburu.

Los comisionados, con el fin de aplicar lo establecido en el art. 10, del vigente Convenio Colectivo,

ACUERDAN

Las tablas salariales se revisarán, con efectos l.º de enero de 1999, siendo los salarios de cada categoría profesional los que figuran en el Anexo de este Acta.

Las referidas tablas salariales serán de aplicación a partir de la fecha de la firma de este Acta, sin perjuicio de su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión, redactándose la presente acta, que es firmada por todos los asistentes, en prueba de conformidad.

CONVENIO OFICINAS DE FARMACIA TABLAS SALARIALES 1999

Categoría Salar. mens. Salar. anual

Facultativo 192.502 2.887.530

Auxiliar Mayor Diplomado 148.007 2.220.105

Auxiliar Diplomado 133.651 2.004.765

Ayudante Técnico de Farmacia 133.651 2.004.765

Auxiliar 122.949 1.844.235

Ayudante 112.249 1.683.735

Jefe Administrativo 148.007 2.220.105

Jefe de Sección 133.651 2.004.765

Contable 128.168 1.922.520

Auxiliar Administrativo 112.249 1.683.735

Personal de Limpieza 90.191 1.352.865

Servicio Nocturno de Urgencia:

Facultativo: 13.994 ptas.

Resto de categorías: 11.936 ptas.

(Desde las 22 horas a las 9 de la mañana).

Validez de la tabla: Desde el 1.º de enero de 1999 al 31 de diciembre de 1999.

Aparteko orduak

Horas extraordinarias

Kategoria Hirurtekoak Balioa Hileko alokairua EgunekoakJaiegunekoak Gauekoak

Categoría N.º Trienios Valor Sueldo Mensual Diurnas Festivas Nocturnas

0 0 148.007 2.158 2.960 2.467

1 7.400 155.407 2.266 3.108 2.590

2 14.800 162.807 2.374 3.256 2.713

3 22.200 170.207 2.482 3.404 2.837

4 29.600 177.607 2.590 3.552 2.960

5 37.000 185.007 2.698 3.700 3.083

Laguntzaile diplomatu nagusia/Auxiliar Mayor Diplomado 6 44.400 192.407 2.806 3.848 3.207

7 51.800 199.807 2.914 3.996 3.330

8 59.200 207.207 3.022 4.144 3.453

9 66.600 214.607 3.130 4.292 3.577

10 74.000 222.007 3.238 4.440 3.700

11 81.400 229.407 3.346 4.588 3.823

0 0 133.651 1.949 2.673 2.228

1 6.683 140.334 2.047 2.785 2.321

2 13.366 147.017 2.144 2.918 2.431

3 20.049 153.700 2.241 3.050 2.542

4 26.732 160.383 2.339 3.183 2.652

5 33.415 167.066 2.436 3.316 2.763

Laguntzaile diplomatua/Auxiliar Diplomado 6 40.098 173.749 2.534 3.448 2.873

Farmaziako languntzaile teknikoa/Ayudante Técnico de Farmacia 7 46.781 180.432 2.631 3.581 2.984

8 53.464 187.115 2.729 3.713 3.095

9 60.147 193.798 2.826 3.846 3.205

10 66.830 200.481 2.924 3.979 3.316

0 0 122.949 1.793 2.440 2.033

1 6.147 129.096 1.883 2.562 2.135

2 12.294 135.243 1.972 2.684 2.237

3 18.441 141.390 2.062 2.806 2.338

4 24.588 147.537 2.152 2.928 2.440

Auxiliarra/Auxiliar 5 30.735 153.684 2.241 3.050 2.542

6 36.882 159.831 2.331 3.172 2.643

7 43.029 165.978 2.421 3.294 2.745

8 49.176 172.125 2.510 3.416 2.847

9 55.323 178.272 2.600 3.538 2.948

10 61.470 184.419 2.689 3.660 3.050

Laguntzailea/Ayudante 0 0 112.249 1.624 2.228 1.856

0 0 192.502 2.786 3.820 3.184

1 9.625 202.127 2.925 4.011 3.343

Fakultatiboa/Facultativo 2 19.250 211.752 3.064 4.202 3.502

3 28.875 221.377 3.203 4.393 3.661

Taularen balio epea: 1999ko urtarrilaren 1etik, 1999ko abenduaren 31ra arte. Validez de la tabla: Desde el 1 de enero de 1999 a 31 de diciembre de 1999.